Los contribuyentes españoles están obligados a comunicar a la Agencia Tributaria al cambiar domicilio fiscal oportunamente. La comunicación del cambio de domicilio fiscal se puede realizar en línea mediante certificado digital o DNI electrónico.

Cambiar Domicilio Fiscal 1

El artículo 48.3 de la Ley General Tributaria establece, para los obligados tributarios, la obligación de comunicar su domicilio fiscal, o el cambio del mismo, a la Administración Tributaria. La omisión de este deber constituye una infracción leve, tipificada en el artículo 198, apartados 1 y 5, de la propia Ley General Tributaria, sancionable mediante multa pecuniaria fija de 100 euros (para personas físicas que no realizan actividades económicas) o de 400 euros (para obligados a presentar el modelo 036).

Enlace | Agencia Tributaria

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Un comentario

  1. EL que suscribe,D.JOAO MAKIADI NDOMBELE com documento de identidad n·53475031-p y domicilio en calle de portugal,11 8·2,28943 FUENLABRADA

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